La nueva Ley de Atención a la Clientela, analizada por Vanesa Fernández en la Abogacía Española
Vanesa Fernández Escudero, Abogada
El Consejo General de la Abogacía Española ha publicado un nuevo artículo de Vanesa Fernández Escudero en su Blog de Derecho de los Consumidores, un espacio de referencia para el análisis y divulgación de las principales novedades jurídicas que afectan a los consumidores.
Bajo el título «Tu contrato no puede renovarse sin avisarte, así lo exige la nueva Ley de Atención a la Clientela», el artículo analiza una de las novedades más relevantes introducidas por la Ley 10/2025, de Atención a la Clientela: la obligación de las empresas de informar previamente a los consumidores antes de la renovación automática de determinados contratos.
La publicación aborda las nuevas obligaciones de transparencia que deberán cumplir las empresas y explica cómo esta reforma fortalece los derechos de los consumidores frente a renovaciones no deseadas, una práctica que ha generado numerosas reclamaciones en sectores como las telecomunicaciones, los seguros, los suministros o los servicios de suscripción.
La Abogacía Española publica un nuevo análisis de Vanesa Fernández
La publicación de este artículo por parte del Consejo General de la Abogacía Española supone un reconocimiento a la trayectoria y especialización de Vanesa Fernández en el ámbito de la protección de los consumidores. El Blog de Derecho de los Consumidores reúne a profesionales y expertos que analizan la actualidad normativa y jurisprudencial con impacto directo en los derechos de los ciudadanos.
La colaboración en este espacio permite acercar las novedades legislativas a consumidores, empresas y operadores jurídicos, ofreciendo una visión práctica de las reformas que afectan a las relaciones de consumo.
¿Qué cambia con la nueva Ley de Atención a la Clientela?
La Ley 10/2025 incorpora nuevas obligaciones para las empresas cuando un contrato vaya a renovarse automáticamente. A partir de ahora, los consumidores deberán ser informados con carácter previo de la próxima renovación, de forma que puedan decidir libremente si desean continuar vinculados al contrato o poner fin a la relación contractual.
El objetivo de la norma es reforzar la transparencia y evitar que los consumidores permanezcan vinculados a contratos por desconocimiento de la fecha de renovación o de las condiciones aplicables a la prórroga.
Esta medida afecta especialmente a sectores donde las renovaciones automáticas son habituales y donde históricamente se han producido reclamaciones por falta de información suficiente.
Más transparencia y mayor protección para los consumidores
La reforma se enmarca dentro de una tendencia legislativa orientada a fortalecer los derechos de los consumidores y garantizar que las decisiones contractuales se adopten de manera informada. La obligación de informar previamente de las renovaciones automáticas favorece una contratación más transparente y equilibrada entre empresas y usuarios.
Asimismo, las empresas deberán adaptar sus procedimientos de comunicación para cumplir con las nuevas exigencias legales y evitar posibles incumplimientos que puedan derivar en reclamaciones o sanciones.
Leer el artículo completo
El artículo completo publicado por el Consejo General de la Abogacía Española puede consultarse en el siguiente enlace:
Tu contrato no puede renovarse sin avisarte, así lo exige la nueva Ley de Atención a la Clientela